Bases para la Concesión del premio “VASCO ILUSTRE EN MADRID”

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PREMIO “VASCO ILUSTRE EN MADRID”

Bases para la Concesión del Premio

1.- OBJETO DEL PREMIO.

Este premio, instituido por la Delegación en Corte de la Real Sociedad Bascongada de los Amigos del País, (RSBAP), trata de reconocer y honrar públicamente la trayectoria y mérito de una persona o entidad de origen o vinculación vasca, con residencia en Madrid.
La labor premiada podrá haberse realizado, sin carácter limitativo o excluyente, en un ámbito amplio, ya en el campo de las ciencias y las letras, la economía, la política, el arte, la comunicación, la enseñanza y la medicina, la filantropía, las profesiones, la empresa y las finanzas, la innovación y las nuevas tecnologías, el servicio público, lo social y religioso, el comercio, el deporte, la gastronomía, el periodismo, el espectáculo y otros campos, con el único criterio siempre de la excelencia y la búsqueda de la utilidad y el bien común, según rezan los Estatutos de la Sociedad, inspirados en los ideales de la Ilustración.

2.- DOTACIÓN DEL PREMIO

El premio consistirá en la entrega de un diploma honorífico y una estatuilla en cristal, reproducción de la original, obra del eximio grabador dieciochesco Salvador Carmona, con el lema de la Sociedad: “Irurac Bat”.

3.- CANDIDATURAS

La presentación de candidaturas se llevará a cabo a iniciativa de cualquier amigo, miembro de la Sociedad. Cada propuesta de candidatura habrá de expresar el nombre del candidato, una escueta referencia a su trayectoria vital, las razones que le hacen
acreedor al premio, sus méritos específicos y en general cuanta información sea oportuna para el mejor conocimiento del mismo.

4.-CONCESIÓN DEL PREMIO

El otorgamiento del premio se efectuará, tras el examen y ponderación de las candidaturas, mediante acuerdo de la Junta Rectora de la Delegación, en sesión debidamente anunciada y con quorum de asistencia suficiente, adoptado por una mayoría cualificada de dos tercios de sus miembros asistentes.
Será asimismo necesaria la aprobación, conforme a los Estatutos, por parte de la Dirección de la Sociedad.
Podrían, en su caso, ser dos o más los premiados, ex aequo, bien sean personas individuales, o personas jurídicas o asociaciones.

5.- PERIODICIDAD

No se considera necesario el establecimiento de una periodicidad cronológica determinada, pudiéndose otorgarse, en consecuencia, en el momento que se considere oportuno, en cada caso.

6.- ENTREGA DEL PREMIO

La entrega del premio, en ceremonia protocolaria con presencia del o los galardonados, miembros de la Sociedad y sus rectores, autoridades e invitados, tendría lugar en Madrid en la fecha que se estime pertinente.

En Madrid, enero de 2023

La Junta Rectora de la
Delegación en Corte de la R.S.B.A.P.

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